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El PP de A Guarda toma como base un informe de secretaría para negar subvenciones a asociaciones cuyo representante legal sea concejal

Esto supone claramente que Secretaria e Intervención nos dan la razón en cuanto a lo planteado, que puede llegar a provocar daños innecesarios en las Asociaciones

Esto supone claramente que Secretaria e Intervención nos dan la razón en cuanto a lo planteado, que puede llegar a provocar daños innecesarios en las Asociaciones

Fecha: 18 de Febrero de 2017

Fuente: PP de A Guarda

La portavoz del Partido Popular dice que "El informe de Secretaria nos da la razón   en cuanto a que se no puede pagar una subvención a una persona jurídica mientras  su representación legal (presidente) sea  concejal",  asi lo dice textualmente el informe.






En cuanto a la intervención, nos dá la razón  en el reparo 123/2016, que adjunto abajo, esto supone claramente  que Secretaria e Intervención nos dan la razón en cuanto a lo planteado, que puede llegar a provocar daños innecesarios en las Asociaciones.

 

Nosotros pretendemos que lo solucionen, pero no podemos ver para otro lado si la intervención dice que no se le puede pagar a esas Asociaciones, lo que queremos es que se le pueda pagar legalmente, sin que intervención informe  negativamente en un reparo, que cuando es reiterado puede tener efectos para el Alcalde por levantarlo, eso ya es su  problema, pero si nos preocupa el efecto sobre las asociaciones.

 

Por el bien de las Asociaciones pedimos que se arregle conforme a la ley de Subvenciones, ya saben estos concejales implicados lo que tiene que hacer, para que  nadie,  incluido los tribunales, puedan cuestionar lo que reciben las asociaciones del Ayuntamiento, nuestro único fin.

 

Por otra parte nos hacemos eco, de varias quejas sobre la forma en que se reparten las subvenciones, no hay baremos, no hay ordenanza, y se producen injusticias entre asociaciones, que indignan algunas de ellas según nos hacen llegar. 

 

ANEXO:

 

Reparo  de INTEVENCION  respeto al pago a 3 subvenciones 123 textual:

 

Igualmente pode observarse como o presidente da asociaciñon e un concelleiro e o artigo 13.2 da Lei Xeral de Subvencións sinala que non poderán obter a condición de beneficiario os cargos electivos regulados na Lei Orgánica de Réxime Electoral Xeral, e os concelleiros son cargos electivos regulados na mencionada Lei.

 

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