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Los autónomos obligados a cerrar por el estado de alarma, o con una caída de ingresos del 75%, tienen ya derecho a la prestación

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha emitido un comunicado para desmentir que vaya a modificar lo aprobado al respecto en el último Consejo de Ministros.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha emitido un comunicado para desmentir que vaya a modificar lo aprobado al respecto en el último Consejo de Ministros.

Fecha: 20 de Marzo de 2020

Fuente: La Moncloa

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha emitido un comunicado para desmentir que vaya a modificar lo aprobado al respecto en el último Consejo de Ministros.

Ante las informaciones y declaraciones de algunas personas aparecidas en medios de comunicación y redes sociales sobre la prestación extraordinaria para autónomos afectados por el COVID-19, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones quiere indicar:

1. Todos los autónomos obligados a cerrar por el estado de alarma o con una caída de ingresos del 75%, tienen ya derecho a la prestación aprobada en el último Consejo de Ministros, independientemente de su condición. Por tanto, el Ministerio desmiente que el Gobierno prepare ninguna modificación.

2. Los autónomos en esta situación estarán exentos de pagar cotizaciones a la Seguridad Social y, además, recibirán una prestación equivalente al 70% de la base reguladora, lo que supone un mínimo de 661€ para quienes hayan tenido que cerrar su negocio o hayan perdido el 75% de su facturación.

3. Las fake news y muchos bulos pretenden generar incertidumbre entre los autónomos. Cualquier duda puede ser consultada en las web oficiales del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

4. El Gobierno sigue trabajando en medidas de calado, como esta prestación extraordinaria, para ayudar a quienes están pasando dificultades.

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