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El ERTE y la Declaración de la Renta 2020

Los trabajadores que fueran afectados por un EXPEDIENTE DE REGULACION DE EMPLEO TEMPORAL (ERTE) derivado de la crisis sanitaria del coronavirus deberán tener en cuenta las consecuencias fiscales.

Los trabajadores que fueran afectados por un EXPEDIENTE DE REGULACION DE EMPLEO TEMPORAL (ERTE) derivado de la crisis sanitaria del coronavirus deberán tener en cuenta las consecuencias fiscales.

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Fecha: 08 de Abril de 2021

Fuente: Asnela Asesores

¿Se estará obligado a hacer la declaración?

La prestación del SEPE figurará como si fuera un pagador más en la declaración de la renta, con lo cual, el trabajador afectado por un ERTE durante la crisis del coronavirus habrá tenido dos pagadores: su empresa y el propio SEPE y posiblemente dependiendo de las cantidades deba presentar su declaración.
Cuando hay más de un pagador y el segundo y siguientes superan los 1.500 euros, la obligación sería al pasar límite de los ingresos totales de 14.000 euros.

Desde que comenzó la pandemia de coronavirus, más de cuatro millones de personas se han visto afectadas por Expedientes de Regulación Temporal de Empleo y, aunque muchos de estos trabajadores ya han vuelto a sus puestos de trabajo, tendrán que presentar la declaración de la renta al tener dos pagadores, algo que les preocupa a la hora de cómo les afectará dicha situación.

Presentar la declaración de renta sin estar obligado puede resultarle conveniente. Si te sale a devolver, te interesa presentarla para obtener la devolución, aunque no estés obligado a ello.

En Asnela Asesores tramitamos tu declaración. Puedes consultarnos sin compromiso en nuestro teléfono de atención al cliente de 608 54 30 30 o en atencionalcliente@asnela.com

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