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Miércoles, 11 de Marzo de 2026

La DGT clasifica los tipos de vehículos en virtud de su potencial contaminante aplicando criterios europeos

La clasificación de vehículos se ha realizado en función de criterios establecidos por la UE y la información técnica disponible en el Registro Nacional de Vehículos.

La clasificación de vehículos se ha realizado en función de criterios establecidos por la UE y la información técnica disponible en el Registro Nacional de Vehículos.

Fecha: 23 de Febrero de 2017

Fuente: DGT

A la vista de varias informaciones erróneas publicadas en algunos medios de comunicación, la Dirección General de Tráfico aclara que más de cuatro millones de titulares de vehículos han recibido ya en su domicilio el distintivo ambiental que cataloga el parque de vehículos en función del potencial contaminante.

Que no llega a un centenar las etiquetas erróneas detectadas de entre los 4 millones que se han distribuido a los titulares de los vehículos clasificados y que la reposición de estas etiquetas erróneas será gratuita.






La clasificación atiende exclusivamente a criterios técnicos marcados por la UE y tiene su origen en el Plan Nacional de Calidad del Aire 2013- 2016. En dicho Plan se afirma que el tráfico rodado es una importante fuente de emisiones en las grandes ciudades y propone la clasificación de los vehículos en función de su potencial contaminante. En este sentido, ya existen iniciativas similares de etiquetado de vehículos en otros países de la Unión Europea.

Los criterios para clasificar el parque de vehículos han sido el resultado de un largo y deliberado trabajo liderado por la DGT y en el que han participado entre otros organismos el Ayuntamiento de Madrid, el Ayuntamiento de Barcelona, el Real Automóvil Club de Cataluña (RACC), la Asociación Nacional de Fabricantes de Automóviles y Camiones (ANFAC), el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.

Estos distintivos servirán de herramienta para que las distintas administraciones puedan aplicar las medidas de estímulo positivo que consideren adecuadas para lograr una movilidad más sostenible.

La colocación del distintivo en el vehículo es voluntaria, sin perjuicio de que cada administración establezca su obligatoriedad casos concretos. En este sentido, el distintivo facilita la rápida identificación visual de los vehículos, y, por tanto, hace que su colocación sea recomendable. Desde la DGT se aconseja colocarlo en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero o, en su defecto, en cualquier otro sitio visible del vehículo.

 

DATOS DEL REGISTRO DE VEHÍCULOS

La expedición del distintivo ambiental emitido por la DGT se ha realizado en base a las características técnicas obrantes en el Registro Nacional de Vehículos.

Si un ciudadano considera que el distintivo muestra algún dato que no coincide con el que se indica en la Tarjeta ITV, para subsanar ese incidencia, simplemente, puede dirigirse a cualquiera de las Jefaturas Provinciales de Tráfico y llevar la tarjeta ITV, el permiso de circulación del vehículo junto con el distintivo y solicitar que revisen la catalogación de su vehículo.

 

La jefatura revisará que los datos técnicos del vehículo que obran en el Registro Nacional de Vehículos son los correctos. Si no fuera así, corregirá el error y solicitará a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre la generación del distintivo correcto que el ciudadano recibirá gratuitamente en su domicilio.

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